Qué dice el Código Laboral sobre el aire acondicionado en los locales comerciales
La normativa laboral en caso de ola de calor (alerta roja u otra) diferencia entre locales utilizados como oficinas: locales de contaminación no específica y locales que pueden estar sujetos a contaminación atmosférica causada por determinadas sustancias químicas, por ejemplo: locales de contaminación específica.
En el primer caso, se necesita ventilación mecánica, como un enfriador de aire móvil, para bajar la temperatura ambiente. Por debajo de 24 m³ por trabajador, es obligatoria la ventilación mecánica con un caudal de aire mínimo de 25 m³/hora cuando los trabajadores no tengan que realizar esfuerzos físicos. Esto es aún más importante en oficinas donde los empleados están principalmente sentados en sus puestos de trabajo. Si no se cumplen estas condiciones, los trabajadores pueden ejercer su derecho de desistimiento. De ahí la necesidad de controlar la temperatura.
